Ley Actual

Art. 70 Federal y Art. 39 Estatal

 

Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
 En el presente listado se hace mención de cada una de las fracciones con sus respectivos criterios.

 

Art. 71 Federal Art. 41 Estatal

 

Además de lo señalado en el artículo 39 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.